
Principios
El Convenio 169 de OIT, fija como marco para los procesos de Consulta, una serie de principios con la finalidad de llegar a acuerdos acerca de la medida a consultar.
- Buena fe
La consulta debe realizarse de manera previa a la adopción de la medida administrativa o legislativa posibilitando una influencia real de los pueblos indígenas y del pueblo Tribal Afrodescendiente chileno; libre de presiones e informada. Además, ella debe ejecutarse mediante un diálogo basado en el respeto y la confianza y transparencia. - Mediante procedimientos apropiados
El procedimiento debe aplicarse de manera flexible, a través de representantes de organizaciones representativas de pueblos indígenas y del pueblo Tribal Afrodescendiente chileno, respetando sus culturas.